Retenciones según la Ley 27/2014 de 27 de Noviembre.

Estimado/a Colegiado/a:

Con la aprobación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, de Impuesto sobre Sociedades, y  la Ley 26/2014,de 27 de noviembre, por la que se modifica la Ley de IRPF y de Renta de No Residentes, se han modificado a la baja los TIPOS  DE RETENCIÓN que son aplicables a partir del 1 de enero de 2015.

En la siguiente tabla se recogen los tipos de retención e ingresos a cuenta más habituales , en función del tipo de renta, que operan a partir de 1 de enero de 2015.

[table id=7 /]

Revise que en las facturas recibidas y emitidas por servicios prestados a partir de 1 de enero de 2015 y sujetos a retención (de profesionales, por el alquiler de inmueble, etc) se aplica el nuevo tipo de retención que le corresponde de acuerdo con la tabla adjunta.

Esperamos que esta información sea de interés y utilidad para el colectivo.

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