Certificación de Antecedentes Penales para Colegiados de la Condición de Ejerciente

Se informa al colectivo de Colegiados/as que desde el pasado mes de septiembre del 2015, es OBLIGATORIO que todos los profesionales que trabajen con menores deben presentar en sus respectivos lugares de trabajo un “Certificado negativo de antecedentes penales relativos a delitos sexuales”.

Por este motivo, la Junta de Gobierno de este Colegio Profesional, en Reunión del pasado 29 de enero de 2016, una vez estudiada dicha normativa, ACORDÓ la solicitud del certificado de antecedentes penales a todos los colegiados dentro de cualquier modalidad de EJERCIENTE, a lo largo del presente año. Asimismo, se le exigirá también a todos los nuevos colegiados/as que se den de ALTA en cualquier condición de dicha modalidad.

Los colegiados que no acrediten documentalmente lo previsto en el artículo 13.5 de la L.O. 1/1996 de 15 de enero, antes del 31 de Diciembre del presente 2016, pasarán de forma automática a la condición de no ejerciente, quedando fuera de la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil General.

A partir del primero de marzo del presente 2016, la acreditación se hará mediante Certificacion del Registro Central de delincuentes sexuales recientemente creado. Real Decreto 1110/2015

Para más información: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/certificado-antecedentes

Compartir esta noticia