Hoy se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se da nueva redacción a los puntos 12 y 25 del resuelvo primero de la Resolución de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Respecto de ésta cabe destacar lo siguiente:
- 12.1. Actividad física y deportiva de carácter general.a) Se podrá practicar, a todos los efectos, actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones deportivas abiertas o cerradas, sin contacto físico y en las modalidades individuales y las que se practican por parejas.b) La práctica de actividad física y deportiva de modalidades individuales, al aire libre o en instalaciones abiertas y cerradas, practicada por libre, podrá realizarse en grupos máximos de 4 personas, sin contacto físico y manteniendo la distancia de seguridad recomendada por las autoridades sanitarias.La práctica de actividad física y deportiva de modalidades individuales, al aire libre o en instalaciones abiertas y cerradas, dirigida por un profesional, podrá realizarse en grupos máximos de 10 personas, sin contacto físico y manteniendo la distancia de seguridad recomendada por las autoridades sanitarias.
- 12.1 d) Para la realización de actividad deportiva en instalaciones cerradas será obligatorio el uso de mascarilla. No será obligatorio el uso de mascarilla cuando se practique deporte de intensidad en el ámbito de las competiciones autorizadas en esta resolución y sus entrenamientos.
- 12.2 b) Los entrenamientos deportivos se desarrollarán, en todo caso, sin público.Las personas menores de edad que participan en los entrenamientos podrán estar acompañadas por una persona adulta que podrá acceder a las instalaciones deportivas respetando las medidas de seguridad e higiene recomendadas por las autoridades sanitarias y evitando en todo caso situaciones de aglomeración de personas.
- 12.5 c) Las competiciones oficiales federativas de ámbito autonómico e inferior, las competiciones del Campeonato Autonómico de Deporte Universitario y las competiciones de los Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana de ámbito autonómico se celebrarán sin público.Las personas menores de edad que participen en las competiciones autorizadas podrán estar acompañadas por una persona adulta, que podrá acceder a las instalaciones deportivas respetando las medidas de seguridad e higiene recomendadas por las autoridades sanitarias y evitando en todo caso situaciones de aglomeración de personas.
- 12.3 a) Podrán celebrarse las siguientes competiciones deportivas:
- Las competiciones oficiales federativas profesionales de ámbito internacional y estatal y las competiciones oficiales no profesionales de ámbito internacional y estatal.
- Las competiciones oficiales federativas de ámbito autonómico e inferior.
- Las competiciones del Campeonato Autonómico de Deporte Universitario.
- Las competiciones de los Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana.