Importante Sentencia del TSJ de Madrid respecto de la labor del preparador físico.

Nuevo avance laboral ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que condena al Ayto. de Leganés a pagar la diferencia de cantidades, más el 10% de interés legal de mora, por la realización de las funciones de superior categoría Preparador Físico.

La importancia de estas sentencias radican en que tanto Juzgados de lo Social, como el TSJM estiman una situación en la que aquellas personas que estuvieran ejerciendo la profesión del Preparador/a Físico/a, deberían remunerarse como tal, ya que sus contratantes les programan impartir ejercicio físico con poblaciones especiales como mayores, embarazadas y postparto, problemas de salud y asimilados, o lesiones y patologías.

Esta consecuencia, es derivada de la ordenación profesional de la Ley 6/2016, del ejercicio de las profesiones del deporte de la Comunidad de Madrid. 

Recordamos que tanto en la Comunidad de Madrid, como en la Comunidad Valenciana, así como en el resto de CAAA que cuentan con regulación profesional del “Preparador/a Físico/a / Entrenador/a Personal”, sus funciones son asignadas principalmente a la titulación en CCAFYDE, y además existe reserva de denominación para dicha profesión sin que puedan utilizarse otras denominaciones que induzcan a confusión sobre la cualificación ostentada o actividades ofrecidas.

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