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Información institucional, organizativa y de planificación
Última modificación: Junio de 2022
Información institucional
Sede
Ubicada en el Passeig El Rajolar nº5 acc de la localidad de Burjassot en Valencia.
Funciones
Las dispuestas por el Art. 4 de los Estatutos del Ilustre Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad Valenciana.
Para el cumplimiento de sus fines esenciales, son funciones propias del ICOLEF y CAFD:
a) Ordenar, en el ámbito de su competencia, la actividad profesional de los colegiados; velar por la ética, deontología y dignidad profesional, así como por el respeto debido a los derechos particulares contratantes de sus servicios, y ejercer la potestad disciplinaria en el orden profesional y colegial.
b) Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, impidiendo la competencia desleal entre ellos.
c) Ejercer las acciones que las leyes establezcan para evitar el intrusismo, sin perjuicio de las actuaciones de la inspección y/o sanción a las que están obligadas las administraciones públicas.
d) Intervenir en los procedimientos de arbitraje, en aquellos conflictos que por motivos profesionales se susciten entre colegiados o en los que el colegio sea designado para administrar el arbitraje, conforme el artículo 10.a) de la Ley 36/1988, de 5 de diciembre.
e) Organizar cursos de formación y perfeccionamiento para sus colegiados, cuya asistencia será facultativa, así como organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, cultural, asistencias, de previsión y análogos que sean de interés para los colegiados, sin perjuicio de las competencias que puedan derivarse de la normativa estatal y de la Comunidad Valenciana.
f) Ejercer en su ámbito la representación y defensa de la profesión ante la administración, instituciones, tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales.
g) Participar en los órganos consultivos de la administración en la materia de su competencia, cuando aquélla lo requiera o resulte de las disposiciones aplicables.
h) Ejercer cuantas funciones les sean encomendadas por las administraciones valencianas y colaborar con éstas mediante la redacción de estudios, emisión de informes, elaboración de estadísticas y otras actividades relacionadas con sus fines que pueden serles solicitadas o que acuerden formular por propia iniciativa.
i) Colaborar con las universidades en la elaboración de los planes de estudio, sin menoscabo del principio de autonomía universitaria y preparar la información necesaria para facilitar el acceso a la vida profesional de los colegiados.
j) Aprobar sus presupuestos, así como regular y fijar las cuotas de sus colegiados.
k) Facilitar a los tribunales, conforme a las leyes, la relación de colegiados que por su preparación y experiencia profesional pudieran ser requeridos para intervenir como peritos en los asuntos judiciales o proponerlos a instancia de la autoridad judicial, así como emitir informes y dictámenes cuando sean requeridos para ello por cualquier juzgado o tribunal.
l) Establecer baremos de honorarios, que tendrán carácter meramente orientativo.
m) Emitir informes y dictámenes, de carácter no vinculante, en procedimientos judiciales o administrativos en los que se susciten cuestiones relativas a honorarios profesionales.
n) Elaborar sus estatutos y reglamentos de régimen interior.
o) Evacuar el informe preceptivo sobre todos los proyectos de normas del Gobierno Valenciano que afecten a su profesión o se refieran a las condiciones generales de las funciones profesionales, entre las que figurarán el ámbito, los títulos oficiales requeridos y el régimen de incompatibilidades con otras profesiones.
p) Adoptar las medidas necesarias para que los colegiados cumplan las resoluciones del Colegio.
q) Ejercer las funciones disciplinarias con respecto a sus colegiados.
r) Asumir la representación de sus colegiados ante las entidades similares en otras comunidades autónomas y congresos de ámbito nacional.
s) Estimular la promoción científica, cultural y laboral de la profesión.
t) Editar toda clase de publicaciones relacionadas con el Colegio y con la profesión.
u) Organizar y prestar cuantos servicios y actividades de asesoramiento científico, jurídico, administrativo, laboral y fiscal o de cualquier otra naturaleza fueren necesarios para la mejor orientación y defensa de los colegiados en el ejercicio profesional.
v) Todas las demás funciones que sean beneficiosas para los intereses profesionales y que se encaminen al cumplimiento de los objetivos colegiales, dentro del marco de la legislación
vigente.
Información organizativa
Órganos y cargos
Los estatutos del Ilustre colegio Oficial de Licenciados en Educación física y en ciencias de la Actividad Física y Deporte de la comunidad Valenciana en su titulo IV, capitulo I, sección primera, art. 22.1: El gobierno del ICOLEF y CAFD se establece sobre los principios de democracia y autonomía y art. 22.2: El COLEF y CAFD será regido por la Junta General y la Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno estará constituida por un presidente, un Vicepresidente, un secretario, un Vicesecretario, un tesorero, y el número de vocales que resulten a razón de un vocal por cada 50 colegiados o fracción final.
Estructura y organización
La organización de trabajo del COLEF, tanto a nivel político como técnico, responde a criterios de efectividad y eficiencia y de atención a los servicios que el propio colegio ofrece a los Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actívidad Física y Deporte y a las personas consumidoras, usuarias, alumnado o deportistas.
Junta General de Colegiados
Junta de Gobierno
Presidencia
Vicepresidencia
Secretario
Tesorería
Vocalías
Equipo profesional
Gerencia
Administración
Servicios externalizados
El COLEF CV no tiene servicios externalizados.
Información de planificación
El Colegio de Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y Deporte de la Comunidad Valenciana pública los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijan objetivos concretos, asi como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución.
Plan Director Presidencia
Código de Buen Gobierno