La norma también regula determinados artículos de la Ley de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física, como es el censo de profesionales o la inspección deportiva.
El Pleno del Consell ha aprobado el decreto que desarrolla la Ley 2/2011, de 22 de marzo del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana y la Ley 2/2022, de 22 de julio de Ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física.
La finalidad de este decreto es garantizar el derecho de las personas usuarias de servicios de deporte y de actividad física a que estos servicios se presten empleando conocimientos específicos y técnicas que fomenten una práctica físico-deportiva saludable, evitando situaciones que perjudiquen su seguridad o que puedan menoscabar la salud o la integridad física de las personas que los practican.
En concreto, el decreto regula la declaración responsable para el ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física, el Censo de Profesionales del Deporte y la Actividad Física, las coberturas mínimas y las características del seguro de responsabilidad civil de las personas profesionales del deporte y la actividad física, así como el reconocimiento, por parte de la Escola de l’Esport de la Generalitat, del cumplimiento de los requisitos exigibles a las actividades de formación impartidas por las federaciones deportivas.
Además, también es objeto del decreto la regulación del procedimiento de actuación de la Inspección Deportiva en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Desde el COLEFCV se hace una valoración muy positiva, ya que en palabras del presidente Jose Luis Herreros: ” era necesario terminar de dar redacción a importantes aspectos de la normativa deportiva de nuestra comunidad, como era la competencia inspectora de la Generalitat Valenciana, así como el censo de profesionales del deporte. Ambas herramientas servirán para que cualquier usuario deportivo pueda denunciar irregularidades y malas praxis de cualquier intruso en nuestro sector, y que la propia administración pueda implementar medidas de corrección y/o sanción, en su caso”.